Duración del cargo de Presidente de la Comunidad (2024)

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La Ley de Propiedad Horizontal establece que la duración del cargo de Presidente de la Comunidad, y la del resto de órganos de gobierno, será de un año salvo que los estatutos dispongan otra cosa al respecto.

El artículo 13.7 LPH literalmente establece:

Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.

Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.”

¿Qué ocurre si el Presidente continúa en el cargo transcurrido dicho plazo?

En estos casos, puede considerarse que el Presidente carece de legitimidad para representar a la Comunidad de propietarios, puesto que la duración del cargo de Presidente de la Comunidad era de un año por prescripción legal, y transcurrido dicho plazo, se extingue la representación que ostentaba.

Ello no obsta, a que existen sentencias en las que se da validez a los acuerdos que se celebren por la Junta de propietarios aunque el cargo del Presidente haya vencido por el transcurso del año.

Por ejemplo la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 3.04.95 dice que los cargos de la Comunidad no cesan automáticamente:

” El Presidente y demás representantes de la comunidad no cesan automáticamente por el transcurso del tiempo, debiendo hacerlo cuando son nombrados los que han de sucederles, pero mientras tanto ostentan la capacidad de representación y gestión propia de su cargo sin producir vacíos de poder ni en la marcha general de la Comunidad ni en las Juntas que se celebren. “

Resoluciones sobre la duración del cargo de presidente de la comunidad de propietarios

Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 5.06.2015

En esta Resolución General de los Registros y del Notariado (RGRN) no se había acreditado por el Presidente de la Comunidad la vigencia del cargo, por lo que no es posible una inscripción registral que había solicitado.

Entre lo más destacado de esta Resolución, a los efectos de la duración del cargo de Presidente de la Comunidad, mencionamos los siguientes apartados:

1º.- Como ha reiterado este Centro Directivo (Resoluciones de 26 de junio de 1987, 23 de junio de 2001, 23 de mayo de 2005 y 9 de abril de 2014), la acreditación de los cargos del Presidente y secretario de la comunidad puede verificarse por una doble vía: testimonio notarial del contenido del libro de actas, o bien por certificación expedida por el órgano de la comunidad que tenga facultad certificante, con aseveración notarial, con referencia al libro de actas, de que el autor de la certificación se halla en el ejercicio de su cargo, constituyendo por tanto defecto que no se acredite en ninguna de dichas formas que quien solicita la inscripción ostente el cargo que alega.

2º.- Por lo que se refiere al presente caso, según el artículo 13.7 de la Ley sobre Propiedad Horizontal, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año, salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario.

El artículo 12, párrafo cuarto, de esta Ley, en su redacción originaria (Ley 49/1960, de 21 de julio), disponía que el plazo de un año de los nombramientos de presidente, administrador o secretario-administrador era «prorrogable tácitamente por períodos iguales’, pero esta previsión quedó suprimida por la reforma verificada mediante la Ley 8/1999, de 6 de abril.

Por ello, y a falta de disposición estatutaria en contra, la prórroga expresa del nombramiento debe acreditarse en alguna de las formas antes indicadas, sin que sea suficiente la mera manifestación vertida por la persona que alega la vigencia de su cargo.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 2ª), de 9.03.2009

Finalmente, también considera el apelante que el acuerdo que fija la duración del cargo de presidente en 6 meses, no es válido al vulnerar el Art. 13.7 de la L.P.H ., que señala que “salvo que los Estatutos de la Comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año”.

En los Estatutos de la Comunidad nada se dice expresamente sobre la duración de los cargos directivos, limitándose a remitirse a la disposiciones de la L.P.H; por tanto, para que pudiera restringirse la duración de los cargos de doce a seis meses, era preciso una modificación estatutaria, porque aquella remisión antes apuntada equivale a decir que los Estatutos de la Comunidad fijaban un plazo de duración anual de los órganos de gobierno.

La reducción del plazo, pues, supone modificación de los estatutos y exige unanimidad de los comuneros, lo que no se ha logrado.”

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Francisco Sevilla Cáceres

Abogado en ejercicio desde el año 1984. Colegiado Nº 2181 por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.
Entusiasta del Derecho en general y en especial del Derecho Civil, Arrendamientos, Herencias y Comunidades. Le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídicos.

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Duración del cargo de Presidente de la Comunidad (2024)

FAQs

¿Cuánto dura el cargo de presidente de una comunidad? ›

¿PARA CUANTO TIEMPO SE NOMBRA AL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA COMUNIDAD? El nombramiento es para un año, salgo que los estatutos dispongan lo contrario, aunque los designados podrán ser removidos de su cargo antes de finalizar dicho plazo por acuerdo de la junta de propietarios convocada en junta extraordinaria.

¿Cuál es la función del presidente de la comunidad? ›

Funciones del presidente en una comunidad

Actuar como secretario y administrador. Convocar y presidir las juntas. Incluir en el orden del día los temas solicitados por los propietarios. Firmar las actas junto con el secretario para su cierre.

¿Cómo renunciar a la presidencia de la comunidad de vecinos? ›

Y la única forma de renunciar a la presidencia es alegando causas justificadas durante el mes siguiente al nombramiento. En concreto, deberá presentar una solicitud de relevo por vía judicial, debidamente justificada y soportada.

¿Qué pasa si un vecino no quiere ser presidente de la comunidad? ›

En caso de que el propietario electo no quiera aceptar el cargo de presidente de la comunidad, puede solicitar su relevo por vía judicial en el mes siguiente a su nombramiento, siempre y cuando este presente una causa verdaderamente justificada.

¿Cuánto tiempo puede permanecer un presidente en el cargo? ›

Aprobada por el Congreso en 1947 y ratificada por los estados el 27 de febrero de 1951, la Vigésima Segunda Enmienda limita a un presidente electo a dos mandatos, un total de ocho años . Sin embargo, es posible que un individuo ejerza hasta diez años como presidente.

¿Cuántos años dura un mandato presidencial? ›

El Poder Ejecutivo recaerá en un Presidente de los Estados Unidos de América. Desempeñará su cargo durante el Plazo de cuatro Años , y, junto con el Vicepresidente, elegido para el mismo Plazo, serán elegidos de la siguiente manera. Const. de EE. UU. modificar XXII.

¿Qué hacer si el presidente de la comunidad no cumple sus funciones? ›

Si no puede cumplir con sus funciones, la comunidad deberá elegir un nuevo presidente. La Ley de Propiedad Horizontal establece que el presidente será nombrado entre los propietarios mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo.

¿Quién es el responsable de las cuentas en una comunidad de vecinos? ›

Habitualmente, la responsabilidad de gestionar las cuentas de la comunidad de vecinos y presentarlas a los propietarios recae en al administrador de fincas, pero lo cierto es que la normativa no detalla un protocolo para hacerlo, dado que la comunidad de propietarios no es una sociedad mercantil.

¿Cómo se hace el cambio de presidente de la comunidad? ›

Cumplir con la Ley de Propiedad Horizontal: Según el artículo 16.1 de la LPH, es necesario que al menos el 25% de los propietarios convoquen la junta. El presidente tiene derecho a asistir y votar. Presentar y Votar el Acta: Durante la junta, se presentará un acta en la que se propone el cambio de presidente.

¿Qué hacer si no quiero ser presidente de la comunidad? ›

Por lo tanto, podemos negarnos a ser presidentes cuando concurran alguno de los motivos que citamos: No habitar en el piso de propiedad. Incapacidad física. Incapacidad mental.

¿Cómo puedo librarme de ser presidente de la comunidad? ›

¿Cómo alegar que no se puede ser presidente de una comunidad de vecinos? La LPH establece que “el nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello”.

¿Qué hacer si el presidente de la comunidad no quiere convocar a la Junta? ›

Si no quiere convocar el presidente pese a la petición de los promotores el administrador de fincas debe llevar a cabo la convocatoria a instancia de los promotores si se reúnen los requisitos legales.

¿Cómo se puede denunciar a un presidente de una comunidad? ›

Una de las alternativas que tenemos para denunciar esta situación, es solicitar una Junta General Extraordinaria. Para ello, únicamente se requiere el apoyo del 25% de los propietarios, tal y como recoge la Ley de Propiedad Horizontal. El objetivo de esta Junta es exigir responsabilidad civil al presidente.

¿Quién debe ser presidente de una comunidad? ›

Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), el presidente de una comunidad de propietarios es el representante legal de la misma. Su cargo se elige cada año en la junta de propietarios, y puede ser ocupado por cualquier propietario de la comunidad.

¿Quién toma las decisiones en una comunidad de vecinos? ›

En la Junta de propietarios se toman las decisiones que afectan a toda la comunidad de propietarios, por eso es importante conocer cómo funciona y cuáles son los órganos de gobierno que hay en una comunidad. Los órganos de gobierno de la comunidad de propietarios son los siguientes: La Junta de propietarios.

¿Cuál es el mandato oficial del cargo de presidente? ›

Respuesta. El Presidente ejercerá su cargo por un período de cinco años a partir de la fecha en que entre en funciones.

¿Cómo se hace el cambio de Presidente de la comunidad? ›

Cumplir con la Ley de Propiedad Horizontal: Según el artículo 16.1 de la LPH, es necesario que al menos el 25% de los propietarios convoquen la junta. El presidente tiene derecho a asistir y votar. Presentar y Votar el Acta: Durante la junta, se presentará un acta en la que se propone el cambio de presidente.

¿Puede un presidente servir 10 años? ›

La Vigésima Segunda Enmienda dice que una persona sólo puede ser elegida presidente dos veces por un total de ocho años. Sí hace posible que una persona pueda servir hasta diez años como presidente . Esto puede suceder si una persona (muy probablemente el vicepresidente) reemplaza a un presidente que ya no puede cumplir su mandato.

¿Puedes ser presidente tres veces? ›

Ninguna persona será elegida para el cargo de Presidente más de dos veces, y ninguna persona que haya ocupado el cargo de Presidente o haya actuado como Presidente durante más de dos años de un mandato para el cual otra persona fue elegida Presidente será elegida. al cargo de Presidente más de una vez.

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